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domingo, 12 de enero de 2014

Licencias de Conducción Gratis Son un Hecho (Interés General)


En Socorro Santander, en Jamundí y Pradera, Valle ya se puede cambiar gratis la licencia de conducción.

¿Recuerda que usted tenia una cédula vieja y le dieron una nueva sin tener que pagar?

Es lo mismo con las nuevas licencias de conducción.

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¿A dónde tiene que dirigirse para poder obtener el nuevo documento gratuitamente?

En la sede de MIRA de El Socorro, ubicada en la carrera 14 No 8-55 barrio Chiquinquirá les van a suministrar un formato para que soliciten la sustitución gratuita, las oficinas están abiertas de 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, con ese formato la persona debe acercarse a la Secretaría de Tránsito y Transporte de Socorro que está ubicada en la carrera 15 entre calles 15 Y 16, en el mismo edificio de la administración municipal, radicarlo y esperar a que el organismo de tránsito de respuesta, concediendo la sustitución.

¿Qué requisitos deben cumplir para poder obtener la licencia gratuita?
• Que la licencia de conducción haya sido expedida antes del 15 de Julio de 2013. • Que no tenga deuda por comparendos, si las personas adeudan comparendos, pueden firmar un acuerdo de pago para acceder al beneficio. • Si la licencia de conducción tiene más de 5 años de expedida la persona debe practicarse los exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento a Conductores (CRC) y aportar el certificado de aptitud que expide este organismo.

¿Quiénes tienen derecho al cambio gratuito de las nuevas licencias?


¿Qué término tienen las personas para sustituir gratuitamente las licencias de conducción?
De acuerdo con la ley, las personas tienen plazo para sustituir gratuitamente las licencias de conducción hasta  el 16 de Junio de 2015.

¿Cuál es la vigencia de las licencias para quienes conducen vehículos particulares?

  • • Conductores menores de 60 años la vigencia es de 10 años.
  • • Para personas entre 60 y 80 años, la vigencia es de 5 años.
  • • Para mayores de 80 años, la vigencia es de un año.

¿Si el Organismo de tránsito le dice que no le pueden dar la sustitución gratuita?

Como la persona radicó una solicitud por escrito la Secretaría de Tránsito debe dar una respuesta por escrito, y con esta respuesta la persona puede informar del desacato a la acción de cumplimiento al Tribunal de Santander, que fue quien emitió la Sentencia. En la sede de MIRA les van a apoyar también con el formato de desacato.

¿Qué es un desacato?

Es un mecanismo a través de la cual el Tribunal que falló la acción de cumplimiento una vez se entera del incumplimiento, toma las medidas necesarias para que se acaten las decisiones de la sentencia, que pueden ir desde pedirle al superior de quien está obligado a cumplir que atienda lo ordenado, hasta sanciones disciplinarias.

Y ¿Cómo pueden hacer el desacato?

En la Sede de MIRA les van a suministrar el formato, para lo cual deberán llevar la respuesta donde se les niega la sustitución gratuita.

¿Cuántas personas se van a beneficiar con esta medida en Socorro?

Sabemos que 7.278 personas cuentan con la licencia de servicio público vencida para este servicio pero vigente para el servicio particular, de ellas 1.066 han pagado por el trámite de la renovación, a estas personas deberán devolverles los dineros pagados por el trámite, y 6.212 podrán sustituirla gratuitamente, esto frente a las de servicio público vencidas, pero también tienen derecho a la sustitución las de servicio particular, las de motos, y las de servicio público vigentes, así que este número se aumentará.

Y ¿Todos los santandereanos pueden ir a Socorro a sacar la licencia?

Si, de acuerdo a la ley 769 de 2002 el trámite de las licencias se puede realizar en cualquier lugar del territorio colombiano, así que la misma suerte debe correr la sustitución gratuita.

¿Qué pasa con las personas que pagaron ya su licencia en Socorro y que no tenían que hacerlo?

Deben solicitar la devolución del dinero pagado por el trámite, en la sede de MIRA les suministran los formatos.

¿Cuántas licencias de conducción a nivel nacional deberían ser sustituidas?

Según el RUNT son más 3.700.000 personas las que tienen licencias de servicio público vencidas y más de 6.400.000 las personas que cuentan con licencias de servicio particular expedidas antes del 15 de julio de 2013. En total son más de 10 millones de colombianos los que tienen derecho al cambio o sustitución gratuita.

¿Por qué solamente para las personas de Socorro? ¿No tienen derecho todos los colombianos?

Todos tienen derecho, pero esta es la primera acción de cumplimiento en firme que ordena la sustitución gratuita, ahora el Ministerio de Transporte debe corregir el rumbo e impartir las instrucciones para que se dé inicio inmediato al proceso de sustitución.

¿No se puede hacer nada para que todos los colombianos accedan a licencias gratuitas?

Bueno por ahora los ciudadanos ya lo hicieron sabemos que hay más de 50 acciones de cumplimiento radicadas en todo el país, hay que esperar que el Ministerio acate lo que el legislador estableció, y que ahora los jueces de la republica están ordenando.

¿Si una persona en Titiribí pide su licencia gratuita, que le van a decir?

Deberían concedérsela, pero sabemos que hoy en día no se está aplicando la medida, el primer municipio que lo va hacer por un mandato judicial es El Socorro.

¿Por qué el Ministerio de Transporte le dice que no se pueden dar las licencias gratuitas?

No ha querido acatar la ley, pero no hay ninguna razón jurídica para negarse, es falta de voluntad política.

¿De donde va a salir la plata para las licencias gratuitas?

La ley autorizó a los organismos de tránsito desde el 2010 con la ley 1383 de 2010 a descontar un día de salario por cada licencia que expidiera, para la sustitución o cambio gratuito de las licencias, de ahí debe salir el dinero.

¿Si yo tengo pase de moto, también lo tengo que sustituir?

Si claro, todas las personas que tengan una licencia expedida antes del 15 de Julio de 2013 que es la fecha en que se empezó a emplear el nuevo formato deben sustituirla, porque la licencia no cuenta con las condiciones técnicas señaladas en la Resolución 623 de 2013.

¿Al sustituir la licencia me van a dar una para el servicio público, como la tenía antes?

Según nos informa el RUNT cuando una persona con licencia de servicio público solicita un trámite, en el nuevo formato de la licencia le imprimen la categoría para el servicio público y el equivalente para el servicio particular, así deberá operar también para la sustitución.

Si la pido de servicio público, ¿me sale gratis?

Si la licencia era de servicio público sí, si la licencia era de servicio particular y pide de público no, porque allí estaría recategorizando.

¿En qué ley se dice que los colombianos pueden tener sus licencias gratuitas?

En el artículo 4 de la ley 1383 de 2010, que modificó el artículo 17 de la ley 769 de 2002, y en el artículo 244 de la ley 1450 de junio 16 de 2011.

¿Si la persona no aparece en el RUNT no le dan la licencia gratuita?

Si no aparece en el RUNT la licencia no le darían la licencia gratuita porque legalmente este documento no existiría, habría que revisar primero las causas por las que su licencia no figura allí.
¿Qué requisitos deben cumplir para poder obtener la licencia gratuita?
  1. Que la licencia de conducción haya sido expedida antes del 15 de Julio de 2013.
  2. Que no tenga deuda por comparendos, si las personas adeudan comparendos, pueden firmar un acuerdo de pago para acceder al beneficio.
  3. Si la licencia de conducción tiene más de 5 años de expedida la persona debe practicarse los exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento a Conductores (CRC) y aportar el certificado de aptitud que expide este organismo.

¿Qué debe hacer una persona para acceder al cambio o sustitución gratuita?

Teniendo en cuenta que ya fue ordenada la sustitución gratuita por el Tribunal Administrativo de Santander el municipio de Socorro, las personas a través de un derecho de petición pueden solicitara a los organismos de tránsito la sustitución gratuita por el derecho a la igualdad.

¿Qué es la renovación?

Es el proceso que deben adelantar las personas cuando su licencia de conducción se vence, para ello deben realizarse unos exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento a conductores, donde les expiden un certificado de aptitud, y posteriormente deben pagar por el trámite en el organismo de tránsito para que les expidan la nueva licencia.

¿Cuándo deben renovar la licencia las personas?

De acuerdo con la fecha en que se vence la licencia, determinado por el decreto 019 de 2012 como se puede ver en la siguiente tabla:

¿Si una persona tiene licencia de servicio público y quiere pasarla a particular debe recategorizar? (Cambiar de categoría)

No, la recategorización se da cuando una persona sube o baja de categoría, pero las licencias de servicio público tienen una categoría equivalente para el servicio particular, ya que lo que define este proceso es el cambio en el tamaño del vehículo (con excepción de la categoría 3), por lo que no se requiere recategorización para pasarse a particular, sólo pedir la categoría equivalente. Puede ver las categorías en el siguiente cuadro:

¿Qué plazo existe para hacer la sustitución gratuita?

De acuerdo con la ley, las personas tienen hasta el 16 de Junio de 2015 para realizar la sustitución, al igual que ocurrió con las cédulas de ciudadanía es el límite en el tiempo para que todos los colombianos tengan una licencia con las nuevas características señaladas por el Ministerio de Transporte.

¿La sustitución gratuita y general de las licencias se atenta contra la seguridad vial?

No por el contrario en aras de proteger la seguridad vial debe ordenarse el cambio o sustitución de las licencias inmediatamente. Las condiciones de salud de las personas se verificaran, quienes cuenten con 5 años o más de expedición de sus licencias deben practicarse los exámenes médicos para confirmar si son aptos para conducir.



Ciudadano: Haga su derecho de petición

Haga la solicitud de la sustitución o cambio gratuito de las licencia ante el organismo de transito del lugar donde usted reside, descargue aquí el formato.



Señores
Organismo de Tránsito y Transporte de _______________________

E.                                           S.                                D.

Referencia: Derecho de Petición de sustitución inmediata y gratuita de mi licencia de conducción

Reciban un cordial saludo respetados señores:

________________________________, identificado(a) con la Cédula de ciudadanía No. ______________________, domiciliado(a) y residente en ______________________,  en aplicación del artículo 23 de la Constitución Política, y las disposiciones pertinentes del Código de Procedimiento Administrativo,  y atendiendo lo señalado   en los parágrafos 1 y 2 de del artículo 17 de la ley 769 de 2002, modificada por los artículos 4 de la ley 1383 de 2010 y 244 de la ley 1450 de 2011, acudo a su despacho con el fin de que se conceda la sustitución gratuita de mi licencia de conducción No _______________, de categoría ____ con base en los siguientes.

HECHOS

1.    Mi licencia de conducción No _____________, de categoría _____ no cuenta con las condiciones técnicas señaladas en la resolución 623 de 2013 del Ministerio de Transporte.

2.    Teniendo en cuenta el mandato legal contenido  en los parágrafos 1 y 2 de del artículo 17 de la ley 769 de 2002, modificada por los artículos 4 de la ley 1383 de 2010 y 244 de la ley 1450 de 2011, tengo derecho a la sustitución gratuita de mi licencia de conducción.

3.    Existen varias sentencias en firme que ordenan la sustitución gratuita de las licencias de conducción, dentro de ellas, la proferida por el Tribunal  Administrativo de Santander  en el proceso de Alexander Calderón Cely contra el municipio de Socorro Santander, el 1 de Noviembre de 2013, proceso No 2013-351; la proferida por el Juzgado 13 Administrativo Oral de Cali, de Elizabeth Ocampo contra el Municipio de Pradera, expediente No 2013-026 del 11 de Diciembre de 2013; la del Juzgado 3 administrativo oral de Calí de Mónica Andrea Alpala contra el municipio de Jamundí, del 8 de Noviembre de 2013, proceso No 2013-394; la del Tribunal Administrativo del Valle  en el proceso de Constanza Sanabria Arias contra el Municipio de Guadalajara de Buga- Secretaría de Tránsito, del 28 de Noviembre de 2013, proceso No 76-111-33-33-002-2013-00326-01.

4.    Atendiendo la obligación que tiene la administración de aplicar el precedente judicial y en virtud del principio a la igualdad, acudo a su despacho para que se me dé el mismo tratamiento que a las personas que tramiten la sustitución gratuita de la licencia en las regiones donde ya ha sido ordenada por Magistrados y jueces de la República.

5.    Conduzco vehículo de servicio particular y mi licencia No_____________, de categoría ____  y se encuentra vigente para este servicio.

6.    En el concepto del 11 de diciembre de 2013  de la Defensoría del  Pueblo se señala que las licencias de servicio 4, 5, 6, C1, C2 y C3 tienen inmerso el servicio particular, y por lo tanto no puede cobrárseles  el trámite de la renovación sino que tienen derecho a la sustitución gratuita, dice: “...la Defensoría del Pueblo considera que de la lectura sistemática de las normas precedentes no se deriva una distinción material entre los términos renovar y sustituir las licencias de conducción como los sostiene el Ministerio de Transporte. Además, de acuerdo con lo expuesto para la Defensoría existe un deber legal genérico (...) para quienes  son titulares de las licencias de conducción que no reúnan las características técnicas (...) de cambiar dichos documentos al nuevo Formato único  Nacional, contando para ello con el beneficio de la gratuidad, por una sola vez.

7.    Continúa la defensoría: “En esta situación fáctica se encuentran los ciudadanos portadores de licencias de conducción de categorías 04, 05 y 06 o C1, C2 y C3 utilizadas para conducir vehículos particulares y, por tanto, la expedición de sus nuevas licencias debe ser gratuita, por una sola vez”.

PETICIÓN

Teniendo en cuenta que cumplo con los requisitos señalados en el parágrafo 1 del artículo 17 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 4 de la ley 1383 de 2010 y por el artículo 244 de la ley 1450 de 2011, en aplicación del precedente judicial  establecido por las sentencias que se han proferido ordenando el cambio gratuito de las licencias de conducción, solicito se realice la sustitución gratuita de mi licencia de conducción No _____________________, de categoría ______ de manera inmediata.

ANEXOS

Me permito anexar al presente derecho de petición:

1.    Copia de mi cédula de ciudadanía.
2.    Copia de mi licencia de conducción.


NOTIFICACIONES

Puedo ser notificado en la __________________________________________.


Atentamente,


_______________________________
Nombre: _______________________
CC No _________________________






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