En Socorro Santander, en Jamundí y Pradera, Valle ya se puede cambiar gratis la licencia de conducción.
¿Recuerda que usted tenia una cédula vieja y le dieron una nueva sin tener que pagar?
Es lo mismo con las nuevas licencias de conducción.
Dar clik al Link de Video Relacionado:
¿A dónde tiene que dirigirse para poder obtener el
nuevo documento gratuitamente?
En la
sede de MIRA de El Socorro, ubicada en la carrera 14 No 8-55 barrio
Chiquinquirá les van a suministrar un formato para que soliciten la sustitución
gratuita, las oficinas están abiertas de 8:00 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, con ese formato la persona debe acercarse a la Secretaría de Tránsito y
Transporte de Socorro que está ubicada en la carrera 15 entre calles 15 Y 16,
en el mismo edificio de la administración municipal, radicarlo y esperar a que
el organismo de tránsito de respuesta, concediendo la sustitución.
¿Qué requisitos deben cumplir para poder obtener la
licencia gratuita?
• Que la
licencia de conducción haya sido expedida antes del 15 de Julio de 2013. • Que
no tenga deuda por comparendos, si las personas adeudan comparendos, pueden
firmar un acuerdo de pago para acceder al beneficio. • Si la licencia de
conducción tiene más de 5 años de expedida la persona debe practicarse los
exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento a Conductores (CRC) y aportar
el certificado de aptitud que expide este organismo.
¿Quiénes tienen derecho al cambio gratuito de las nuevas licencias?
¿Qué término tienen las personas para sustituir
gratuitamente las licencias de conducción?
De
acuerdo con la ley, las personas tienen plazo para sustituir gratuitamente las
licencias de conducción hasta el 16 de Junio de 2015.
¿Cuál es la vigencia de las licencias para quienes conducen vehículos particulares?
- • Conductores menores de 60 años la vigencia es de 10 años.
- • Para personas entre 60 y 80 años, la vigencia es de 5 años.
- • Para mayores de 80 años, la vigencia es de un año.
¿Si el Organismo de tránsito le dice que no le pueden dar la sustitución gratuita?
Como la persona radicó una solicitud por escrito la
Secretaría de Tránsito debe dar una respuesta por escrito, y con esta respuesta
la persona puede informar del desacato a la acción de cumplimiento al Tribunal
de Santander, que fue quien emitió la Sentencia. En la sede de MIRA les van a
apoyar también con el formato de desacato.
¿Qué es un desacato?
Es un mecanismo a través de la cual el Tribunal que falló la
acción de cumplimiento una vez se entera del incumplimiento, toma las medidas
necesarias para que se acaten las decisiones de la sentencia, que pueden ir
desde pedirle al superior de quien está obligado a cumplir que atienda lo
ordenado, hasta sanciones disciplinarias.
Y ¿Cómo pueden hacer el desacato?
En la Sede de MIRA les van a suministrar el formato, para lo
cual deberán llevar la respuesta donde se les niega la sustitución gratuita.
¿Cuántas personas se van a beneficiar con esta medida en Socorro?
Sabemos que 7.278 personas cuentan con la licencia de
servicio público vencida para este servicio pero vigente para el servicio
particular, de ellas 1.066 han pagado por el trámite de la renovación, a estas
personas deberán devolverles los dineros pagados por el trámite, y 6.212 podrán
sustituirla gratuitamente, esto frente a las de servicio público vencidas, pero
también tienen derecho a la sustitución las de servicio particular, las de
motos, y las de servicio público vigentes, así que este número se aumentará.
Y ¿Todos los santandereanos pueden ir a Socorro a sacar la licencia?
Si, de acuerdo a la ley 769 de 2002 el trámite de las
licencias se puede realizar en cualquier lugar del territorio colombiano, así
que la misma suerte debe correr la sustitución gratuita.
¿Qué pasa con las personas que pagaron ya su licencia en Socorro y que no tenían que hacerlo?
Deben solicitar la devolución del dinero pagado por el
trámite, en la sede de MIRA les suministran los formatos.
¿Cuántas licencias de conducción a nivel nacional deberían ser sustituidas?
Según el RUNT son más 3.700.000 personas las que tienen
licencias de servicio público vencidas y más de 6.400.000 las personas que
cuentan con licencias de servicio particular expedidas antes del 15 de julio de
2013. En total son más de 10 millones de colombianos los que tienen derecho al
cambio o sustitución gratuita.
¿Por qué solamente para las personas de Socorro? ¿No tienen derecho todos los colombianos?
Todos tienen derecho, pero esta es la primera acción de
cumplimiento en firme que ordena la sustitución gratuita, ahora el Ministerio
de Transporte debe corregir el rumbo e impartir las instrucciones para que se
dé inicio inmediato al proceso de sustitución.
¿No se puede hacer nada para que todos los colombianos accedan a licencias gratuitas?
Bueno por ahora los ciudadanos ya lo hicieron sabemos que
hay más de 50 acciones de cumplimiento radicadas en todo el país, hay que
esperar que el Ministerio acate lo que el legislador estableció, y que ahora
los jueces de la republica están ordenando.
¿Si una persona en Titiribí pide su licencia gratuita, que le van a decir?
Deberían concedérsela, pero sabemos que hoy en día no se
está aplicando la medida, el primer municipio que lo va hacer por un mandato
judicial es El Socorro.
¿Por qué el Ministerio de Transporte le dice que no se pueden dar las licencias gratuitas?
No ha querido acatar la ley, pero no hay ninguna razón
jurídica para negarse, es falta de voluntad política.
¿De donde va a salir la plata para las licencias gratuitas?
La ley autorizó a los organismos de tránsito desde el 2010
con la ley 1383 de 2010 a descontar un día de salario por cada licencia que
expidiera, para la sustitución o cambio gratuito de las licencias, de ahí debe
salir el dinero.
¿Si yo tengo pase de moto, también lo tengo que sustituir?
Si claro, todas las personas que tengan una licencia
expedida antes del 15 de Julio de 2013 que es la fecha en que se empezó a
emplear el nuevo formato deben sustituirla, porque la licencia no cuenta con
las condiciones técnicas señaladas en la Resolución 623 de 2013.
¿Al sustituir la licencia me van a dar una para el servicio público, como la tenía antes?
Según nos informa el RUNT cuando una persona con licencia de
servicio público solicita un trámite, en el nuevo formato de la licencia le
imprimen la categoría para el servicio público y el equivalente para el
servicio particular, así deberá operar también para la sustitución.
Si la pido de servicio público, ¿me sale gratis?
Si la licencia era de servicio público sí, si la licencia
era de servicio particular y pide de público no, porque allí estaría
recategorizando.
¿En qué ley se dice que los colombianos pueden tener sus licencias gratuitas?
En el artículo 4 de la ley 1383 de 2010, que modificó el
artículo 17 de la ley 769 de 2002, y en el artículo 244 de la ley 1450 de junio
16 de 2011.
¿Si la persona no aparece en el RUNT no le dan la licencia gratuita?
Si no aparece en el RUNT la licencia no le darían la
licencia gratuita porque legalmente este documento no existiría, habría que
revisar primero las causas por las que su licencia no figura allí.
¿Qué requisitos deben cumplir para poder obtener la
licencia gratuita?
- Que la licencia de conducción haya sido expedida antes del 15 de Julio de 2013.
- Que no tenga deuda por comparendos, si las personas adeudan comparendos, pueden firmar un acuerdo de pago para acceder al beneficio.
- Si la licencia de conducción tiene más de 5 años de expedida la persona debe practicarse los exámenes médicos en un Centro de Reconocimiento a Conductores (CRC) y aportar el certificado de aptitud que expide este organismo.
¿Qué debe hacer una persona para acceder al cambio o sustitución gratuita?
Teniendo en cuenta que ya fue ordenada la sustitución
gratuita por el Tribunal Administrativo de Santander el municipio de Socorro,
las personas a través de un derecho de petición pueden solicitara a los
organismos de tránsito la sustitución gratuita por el derecho a la igualdad.
¿Qué es la renovación?
Es el proceso que deben adelantar las personas cuando su
licencia de conducción se vence, para ello deben realizarse unos exámenes
médicos en un Centro de Reconocimiento a conductores, donde les expiden un
certificado de aptitud, y posteriormente deben pagar por el trámite en el organismo
de tránsito para que les expidan la nueva licencia.
¿Cuándo deben renovar la licencia las personas?
De acuerdo con la fecha en que
se vence la licencia, determinado por el decreto 019 de 2012 como se puede ver
en la siguiente tabla:
¿Si una persona tiene licencia de servicio público y quiere pasarla a particular debe recategorizar? (Cambiar de categoría)
No, la recategorización se da cuando una persona sube o baja
de categoría, pero las licencias de servicio público tienen una categoría
equivalente para el servicio particular, ya que lo que define este proceso es
el cambio en el tamaño del vehículo (con excepción de la categoría 3), por lo
que no se requiere recategorización para pasarse a particular, sólo pedir la
categoría equivalente. Puede ver las categorías en el siguiente cuadro:
¿Qué plazo existe para hacer la sustitución gratuita?
De acuerdo con la ley, las personas tienen hasta el 16 de
Junio de 2015 para realizar la sustitución, al igual que ocurrió con las
cédulas de ciudadanía es el límite en el tiempo para que todos los colombianos
tengan una licencia con las nuevas características señaladas por el Ministerio
de Transporte.
¿La sustitución gratuita y general de las licencias se atenta contra la seguridad vial?
No por el contrario en aras de proteger la seguridad vial
debe ordenarse el cambio o sustitución de las licencias inmediatamente. Las
condiciones de salud de las personas se verificaran, quienes cuenten con 5 años
o más de expedición de sus licencias deben practicarse los exámenes médicos
para confirmar si son aptos para conducir.
Ciudadano: Haga su derecho de petición
Haga la solicitud de la sustitución o cambio gratuito de las licencia ante el organismo de transito del lugar donde usted reside, descargue aquí el formato.
Señores
Organismo de Tránsito y Transporte de _______________________
E. S. D.
Referencia:
Derecho de Petición de sustitución inmediata y gratuita de mi licencia de
conducción
Reciban un cordial saludo respetados
señores:
________________________________, identificado(a) con la Cédula de
ciudadanía No. ______________________,
domiciliado(a) y residente en ______________________, en aplicación del artículo 23 de la
Constitución Política, y las disposiciones pertinentes del Código de
Procedimiento Administrativo, y
atendiendo lo señalado en los
parágrafos 1 y 2 de del artículo 17 de la ley 769 de 2002, modificada por los
artículos 4 de la ley 1383 de 2010 y 244 de la ley 1450 de 2011, acudo a su
despacho con el fin de que se conceda la sustitución gratuita de mi licencia de
conducción No _______________, de
categoría ____ con base en los
siguientes.
HECHOS
1.
Mi licencia de conducción No _____________,
de categoría _____ no cuenta con las
condiciones técnicas señaladas en la resolución 623 de 2013 del Ministerio de
Transporte.
2.
Teniendo en cuenta el mandato legal contenido en los parágrafos 1 y 2 de del artículo 17 de
la ley 769 de 2002, modificada por los artículos 4 de la ley 1383 de 2010 y 244
de la ley 1450 de 2011, tengo derecho a la sustitución gratuita de mi licencia
de conducción.
3.
Existen varias sentencias en firme que ordenan la sustitución gratuita
de las licencias de conducción, dentro de ellas, la proferida por el
Tribunal Administrativo de
Santander en el proceso de Alexander
Calderón Cely contra el municipio de Socorro Santander, el 1 de Noviembre de
2013, proceso No 2013-351; la proferida por el Juzgado 13 Administrativo Oral
de Cali, de Elizabeth Ocampo contra el Municipio de Pradera, expediente No
2013-026 del 11 de Diciembre de 2013; la del Juzgado 3 administrativo oral de
Calí de Mónica Andrea Alpala contra el municipio de Jamundí, del 8 de Noviembre
de 2013, proceso No 2013-394; la del Tribunal Administrativo del Valle en el proceso de Constanza Sanabria Arias
contra el Municipio de Guadalajara de Buga- Secretaría de Tránsito, del 28 de
Noviembre de 2013, proceso No 76-111-33-33-002-2013-00326-01.
4.
Atendiendo la obligación que tiene la administración de aplicar el
precedente judicial y en virtud del principio a la igualdad, acudo a su
despacho para que se me dé el mismo tratamiento que a las personas que tramiten
la sustitución gratuita de la licencia en las regiones donde ya ha sido
ordenada por Magistrados y jueces de la República.
5.
Conduzco vehículo de servicio particular y mi licencia No_____________, de categoría ____
y se encuentra vigente para este servicio.
6.
En el concepto del 11 de diciembre de 2013 de la Defensoría del Pueblo se señala que las licencias de
servicio 4, 5, 6, C1, C2 y C3 tienen inmerso el servicio particular, y por lo
tanto no puede cobrárseles el trámite de
la renovación sino que tienen derecho a la sustitución gratuita, dice: “...la Defensoría del Pueblo considera que de
la lectura sistemática de las normas precedentes no se deriva una distinción material
entre los términos renovar y sustituir las licencias de conducción como los
sostiene el Ministerio de Transporte. Además, de acuerdo con lo expuesto para
la Defensoría existe un deber legal genérico (...) para quienes son
titulares de las licencias de conducción que no reúnan las características
técnicas (...) de cambiar dichos documentos al nuevo Formato único
Nacional, contando para ello con el beneficio de la gratuidad, por una
sola vez.”
7.
Continúa la defensoría: “En esta
situación fáctica se encuentran los ciudadanos portadores de licencias de
conducción de categorías 04, 05 y 06 o C1, C2 y C3 utilizadas para conducir
vehículos particulares y, por tanto, la expedición de sus nuevas licencias debe
ser gratuita, por una sola vez”.
PETICIÓN
Teniendo en cuenta que cumplo con los
requisitos señalados en el parágrafo 1 del artículo 17 de la ley 769 de 2002,
modificado por el artículo 4 de la ley 1383 de 2010 y por el artículo 244 de la
ley 1450 de 2011, en aplicación del precedente judicial establecido por las sentencias que se han
proferido ordenando el cambio gratuito de las licencias de conducción, solicito
se realice la sustitución gratuita de mi licencia de conducción No _____________________, de categoría ______ de manera inmediata.
ANEXOS
Me permito anexar al presente derecho de
petición:
1.
Copia de mi cédula de ciudadanía.
2.
Copia de mi licencia de conducción.
NOTIFICACIONES
Puedo ser notificado en la __________________________________________.
Atentamente,
_______________________________
Nombre: _______________________
CC No _________________________
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Notas: