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sábado, 30 de julio de 2011

El SOAT cambia de papelería en el 2011

El SOAT cambia de papelería en el 2011

La nueva papelería presenta un nuevo color, cambios en la fecha y hora de inicio de vigencia e incorpora la información VIN del vehículo, la cual es obligatoria para los modelos 2011 en adelante. El cambio de la papelería de seguridad no tiene costos adicionales para los propietarios de vehículos. Las pólizas vigentes tendrán validez hasta la fecha de su vencimiento. No es necesario cambiarlas.

La papelería que empezará a circular a partir del 1 de agosto de 2011, busca reducir la evasión de la obligación o la circulación de documentos falsos que se estima en un 18%, de un parque automotor cercano a los 6.200.000.
Estos son los cambios en los elementos de seguridad:

•Nueva tonalidad: Gama de colores rosados y morados con diseños difuminados en el papel.
•Delasec: Elemento de seguridad anti fotocopia con la palabra “SOAT –ORIGINAL” oculta, la cual es visible en tonos claros y oscuros al inclinar el documento en diferentes ángulos
•Imagen coincidente: La palabra SOAT se forma al unir los extremos del documento
•Dibujos Ornamentales: Múltiples líneas curvas cruzadas que generan diversas imágenes.
•Prima SOAT: Casilla donde se registra la tarifa autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
•Casilla RUNT: Campo en el que se registra la tasa definida por el Ministerio de Transporte.
•Casilla VIN: Nuevo campo en el que se registra el número único de identificación del vehículo.
•Casilla Vigencia: Referencia el día desde el cual inicia la cobertura.
•Microtextos: Líneas de texto de tamaño pequeño, imperceptibles a simple vista, que se pueden leer con lupa.
•Información al consumidor: Tips de utilización y habeas data.


Datos de interés

Según estadísticas de Fasecolda a mayo de 2011 en Colombia 5.244.509 vehículos cuentan con esta cobertura obligatoria. El 41,6% corresponde a motocicletas, el 32,1% a autos familiares, el 11,5% a camperos y camionetas y el porcentaje restante a vehículos de carga, vehículos de seis o más pasajeros, autos de negocios y taxis, transporte público urbano e intermunicipal, oficiales y especiales.

En el 2010 se presentaron pagos por 360.914 siniestros. En el 78% de los casos está involucrada al menos una motocicleta. En 2009 se evidenció un comportamiento similar y el porcentaje de motocicletas involucradas en accidentes de tránsito fue de 76,9%.

Las compañías han pagado en siniestros por accidentes de tránsito en el 2010, $392.549 millones siendo gastos médicos la cobertura más afectada con el 87,4% del total de los desembolsos.

¿Qué cubre el SOAT?

Ante un accidente de tránsito, cada víctima tiene derecho a:

Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios Hasta 500 SMLDV $8.926.667
Incapacidad Permanente Hasta 180 SMLDV $3.213.600
Muerte de la víctima 600 SMLDV $10.712.000
Gastos Funerarios Hasta 150 SMLDV $2.678.000
Gastos de transporte y movilización de las víctimas Hasta 10 SMLDV $178.533

Si la atención médica excede los 500 salarios, la entidad médica puede cobrar hasta 300 salarios al Fosyga y si excede este monto, en adelante los gastos serán asumidos por la EPS, ARP o quien se declare culpable del accidente. Este hecho hace que uno se pregunte: ¿cuento con una póliza de Responsabilidad Civil que me proteja en caso de lesiones a terceros?

Para tener en cuenta

•Adquiera su seguro sólo con compañías autorizadas para su expedición.
•No plastifique la póliza, pues opera con los sistemas de seguridad de un billete.
•El SOAT sólo cubre accidentes de tránsito.
•Cualquier reclamación de eventos distintos se constituye en fraude y puede incurrir en sanciones penales.
•El SOAT no cubre eventos deportivos, o accidentes caseros.
•Revise la fecha de vencimiento para que con anterioridad pueda adquirir el seguro que requiere y contar con la cobertura en todo momento.
•Los pacientes víctimas de accidentes de tránsito no deben realizar ningún aporte al hospital para recibir la atención médica. El hospital es el encargado de cobrar a la aseguradora.

El SOAT (SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES DE TRÁNSITO), es un seguro obligatorio para todos los vehículos automotores que transiten por el territorio colombiano, que ampara los daños corporales que se causen a las personas en accidentes de tránsito, sean peatones, pasajeros o conductores.
¿Tiene usted al día este seguro Obligatorio?

Espero que esta información les haya sido útil. Les deseo un feliz fin de semana.

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Notas: